Viajar por Europa en varios años. Retos fiscales y de Aduana.

Colapsar
X
 
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • pepe@
    Usuario
    • 14 feb, 2008
    • 453
    • arguineguin

    #16
    Originalmente publicado por zapatero
    Vaya!! Me alegro ver que hay movimiento!!

    Sobre las itvs, hasta donde he podido averiguar, es imposible pasarla si no estás afincado/matriculado en ese país. (Absurdo, siendo europeos.)

    Sobre mi tema principal decir que si bien es cierto que los ciudadanos canarios disfrutamos de una desgravación fiscal, que es el motivo por el que tenemos aduana, mi intención no era desligarla de la obligación que tenemos en España, seas isleño o continental, de regresar a tu país antes de 6 meses, o regularizar tu vehículo en el pais en el que estés, siendo ésto igual al resto de paises de la UE, al menos que yo sepa, creo que tb UK, o te enfrentas a una cartita de pago con, al menos, el 15% del valor del vehículo en cuestión, y según antiguedad.
    Claro que, el desplazamiento dentro de Zona Schengen, para los continentales, no es controlado concienzudamente por ningún país, salvo que, como los canarios, tengamos que entrar y salir por barco, y ahí sí , al estar conectada la base de datos de las compañías de naviera, salta automáticamente el aviso de más de 6 meses, y toca "cartita de pago".

    A lo que voy, independientemente de mi lucha isleña por demostrar que esa desgravación no debiera verse penalizada por recorrer Europa en mi tiempo libre, siempre que mantenga mi residencia fiscal y laboral en mi isla, es a hacer extensible a todos ustedes. la necesidad de proponer un cambio en esa norma, que obviamente, está creada para regular a las personas y vehículos que por diferentes motivos se trasladan a otro país mas de 6 meses, sin detallar a los que, por puro disfrute, queremos recorrer varios paises europeos por tiempo prolongado, sin estar más de 6 meses en ninguno de ellos, manteniendo nuestra residencia fiscal en España, y nos vernos en una situación gravosa cuando el espíritu de la norma no nos concierne. Es aquí donde abro un debate en ésta comunidad y donde prometo mantenerles informados de lo que averigue en mi , por ahora, inicio de contacto con la Agencia Tributaria Canaria, sobre las especificidades de nuestro dilema.

    Saludos!!
    hola zapatero,
    he hecho alguna consulta sobre los 6 meses y se puede pedir una prórroga de 3+ 3 meses. Si te enteras de alguna novedad, te agradezco lo pongas en este hilo, por si pudiéramos beneficiarnos de algún cambio . Tengo intención próximamente de pasar más tiempo fuera de las islas y la verdad es un engorro volver antes de 6 meses con la autocaravana, aparte de la subida de precios de los billetes el último año.
    " que siiii.....ven aquiiii "

    Comentario

    • ipagro
      Usuario
      • 18 feb, 2023
      • 3
      • Las Palmas

      #17
      Originalmente publicado por zapatero
      Vaya!! Me alegro ver que hay movimiento!!

      Sobre las itvs, hasta donde he podido averiguar, es imposible pasarla si no estás afincado/matriculado en ese país. (Absurdo, siendo europeos.)

      Sobre mi tema principal decir que si bien es cierto que los ciudadanos canarios disfrutamos de una desgravación fiscal, que es el motivo por el que tenemos aduana, mi intención no era desligarla de la obligación que tenemos en España, seas isleño o continental, de regresar a tu país antes de 6 meses, o regularizar tu vehículo en el pais en el que estés, siendo ésto igual al resto de paises de la UE, al menos que yo sepa, creo que tb UK, o te enfrentas a una cartita de pago con, al menos, el 15% del valor del vehículo en cuestión, y según antiguedad.
      Claro que, el desplazamiento dentro de Zona Schengen, para los continentales, no es controlado concienzudamente por ningún país, salvo que, como los canarios, tengamos que entrar y salir por barco, y ahí sí , al estar conectada la base de datos de las compañías de naviera, salta automáticamente el aviso de más de 6 meses, y toca "cartita de pago".

      A lo que voy, independientemente de mi lucha isleña por demostrar que esa desgravación no debiera verse penalizada por recorrer Europa en mi tiempo libre, siempre que mantenga mi residencia fiscal y laboral en mi isla, es a hacer extensible a todos ustedes. la necesidad de proponer un cambio en esa norma, que obviamente, está creada para regular a las personas y vehículos que por diferentes motivos se trasladan a otro país mas de 6 meses, sin detallar a los que, por puro disfrute, queremos recorrer varios paises europeos por tiempo prolongado, sin estar más de 6 meses en ninguno de ellos, manteniendo nuestra residencia fiscal en España, y nos vernos en una situación gravosa cuando el espíritu de la norma no nos concierne. Es aquí donde abro un debate en ésta comunidad y donde prometo mantenerles informados de lo que averigue en mi , por ahora, inicio de contacto con la Agencia Tributaria Canaria, sobre las especificidades de nuestro dilema.

      Saludos!!
      Buenas zapatero.
      Tienes alguna novedad?. Próximamente me planteo salir de las islas con mi Camper, después de 47 años ininterrumpidos de trabajo. Y me hago la misma pregunta. Tener que regresar a las islas a los 6 meses o pedir una prórroga de tres meses, que la podrán conceder o no. Has presentado algún escrito a aduanas?. Yo he presentado, en el momento que me respondan, os cuento. Imagino que dentro de dos o tres meses. Saludos

      Comentario

      • ilis
        Usuario
        • 26 jul, 2005
        • 2420
        • SANT PERE DE VILAMAJOR(Barcelona)

        #18
        Originalmente publicado por Kitu
        Hola Portans,
        Pues piensa en la Itv actualizada si cruzas Europa.
        Es obligatorio tenerla al día en el espacio Schengen.
        Me acuerdo que el viajar era de seis meses máximo fuera de su país de origen, pero puede ser que haya cambiado, ahora ya no estoy al tanto.
        Saludos.
        BASTA YA

        Confirmo lo dicho por KITU. El año pasado, ya de regreso y en los alrededores de Padua (Italia), nos pararon para revisar la documentación.
        .
        Curiosamente, una de las caravinieri (los dos componentes eran damas), depués de mucho mirar y remover, terminó por preguntarme donde ponía la caducidad de la ITV.

        Ante la duda de si eran una cuestión de curiosidad por su parte, les pregunté y su respuesta fue que estaban realizando una campaña de comprobaciones de las ITV debido a que se habían dado bastantes casos de autocaravanas de turistas que las tenían caducadas con los correspondientes problemas en casos de accidentes.

        Por la vida, ilis
        La vida, si no es una aventura excitante, no merece la pena ser vivida.

        Comentario

        • zapatero
          Usuario
          • 10 feb, 2018
          • 9
          • Tenerife

          #19
          Hola, si bien no he tramitado por escrito ninguna consulta, si he podido contrastar opiniones con varios técnicos y profesionales del sector, en todos los casos la respuesta es la misma...."esto es lo que hay"....desgraciadamente no somos masa suficiente para ejercer siquiera un posible estudio de cambio o matices en la norma....lo siento chicos....no he podido ir mas allá de los 6 + 3 + 3 comentada por Pepe@.....saludos!!

          Comentario

          • ipagro
            Usuario
            • 18 feb, 2023
            • 3
            • Las Palmas

            #20
            Y la ampliación de 3 + 3 como se llama y donde se pide. O bien conoces el enlace de la web donde pedirla. Gracias. Yo si hice la consulta, en el momento que me llegue la publicó. Saludoa

            Comentario

            • igoretas
              Usuario
              • 22 nov, 2021
              • 474
              • Errenteria

              #21
              Con lo guay que es la itv en Francia, que es cada dos años...

              Comentario

              • ipagro
                Usuario
                • 18 feb, 2023
                • 3
                • Las Palmas

                #22
                Esta es la información que me proporciona la persona que me atendióhace unos días en relación a la pregunta que se plantea en esteforo: Residente Canario que desea viajar con su furgoneta oautocaravana de vacaciones por la península ibérica o la U.E. por un periodosuperior a los 6 meses.


                Lachica me informa que vaya a la siguiente página web:





                Endicha página nos saldrá la siguiente información:


                Viajarcon vehículo privado
                ¿Vienesde vacaciones a España en tu vehículo? Consulta las condicionesaquí.
                Noserá necesario realizar ninguna formalidad aduanera. El plazo máximode estancia del vehículo en España no puede exceder de 6 mesesconsecutivos, debiendo ser reexportados cuando finalice este plazo.


                Durantetu estancia en España los medios de transporte deben ser utilizadosde forma privada no pudiéndose prestar ni alquilar ni ceder.


                Gestionesdestacadas
                Sivas a permanecer más de 6 meses en España te informamos aquí delas gestiones que debes realizar con relación a tu vehículo.


                Sivamos a estar más de seis meses hay pedir o solicitar unaAutorización de Régimen Transitorio Temporal.


                A laderecha de la página web nos indica:


                Presentarsolicitud o comunicación.
                Contestarrequerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documentos ojustificantes (ésta pestaña la utilizaremos en el caso que nonos contesten a la Autorización del Régimen Transitorio Temporal.Indicar que a la pregunta que si no nos contestan el silencio seconsidera positivo, me dice que no, que seconsidera negativo. Por regla general es negativo, pero en lapropia norma puede venir lo contrario, positivo, hayque leerla. Pero si no nos contestan habría quesolicitar “Certificado de Siloencio Administrativo”,que a éste si están obligados a responder).


                Unavez nos identificamos (certificado digital u otros medios), nos saleel nombre del trámite:


                Trámite:DC462 - Presentar solicitud o comunicación
                Procedimiento:DC46 - Autorización de la utilización de la importación temporal,el destino final, el perfeccionamiento activo o el perfeccionamientopasivo en situaciones en las que se aplique el art. 163 delReglamento Delegado.


                OficinaGestora: Si pulsamos sobre la interrogación nos sale un listado, enmi caso elegimos
                D35001 D35001ADMINISTRACIÓN ADUANAS E II.EE. AEROPUERTO GRAN CANARIA
                D35600 D35600DEPENDENCIA ADUANAS E IIEE LAS PALMAS


                Elresto de los campos no les veo dificultad o no tengo duda (teléfono,e-mail, motivo de la solicitud, etc).

                Nota.- Debajo de las páginas web visitada, podemos ver la legislación, pero ya se sale de mi conocimiento, es decir, no la entiendo.


                saludos
                Editado por última vez por ipagro; 23/08/2023, 09:03:44. Razón: actualizar

                Comentario

                Trabajando...