Multa De San Vicente De La Barquera

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  • 4errantes
    Usuario
    • 29 ene, 2008
    • 6848
    • lamia

    #31
    de todas formas, dejo de nuevo el recurso que he confeccionado y como veo que eres entendido, dame tu opinion
    Saludos

    Comentario

    • Aguila
      Usuario
      • 3 may, 2007
      • 576
      • PAMPLONA-IRUÑEA

      #32
      Buenas noches Pelusiña.
      Gracias de nuevo. Ahora he entendido mejor lo que nos quieres transmitir.
      El caso es que sí hay fotos y muy claras, además de testigos.
      Por ahora si es necesario aportaremos las fotos y si no queda mas remedio los testigos.
      Da gusto tener entre nosotros personas como tu y como otros colegas que nos quieren ayudar.
      Te tendremos al corriente de como va la cosa y por otro lado si tienes algo mas que aportar.... te leeremos con mucha atención.
      Un saludo.

      Comentario

      • Aguila
        Usuario
        • 3 may, 2007
        • 576
        • PAMPLONA-IRUÑEA

        #33
        Originalmente publicado por 4errantes
        de todas formas, dejo de nuevo el recurso que he confeccionado y como veo que eres entendido, dame tu opinion
        Saludos

        Hola Carlos, ya veo que también esta aquí pendiente del tema.
        Buenas noches.

        Comentario

        • 4errantes
          Usuario
          • 29 ene, 2008
          • 6848
          • lamia

          #34
          Originalmente publicado por Aguila
          Hola Carlos, ya veo que también esta aquí pendiente del tema.
          Buenas noches.
          hola, solo queria una opinion, yo lo llevaré asi mañana y hablare directamente con la instructora, a ver que me dice, quiero solucionar tb lo de jokin para que no publiquen nada en el BOE, que luego l otendria peor
          Saludos

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          • pelusiña
            Usuario
            • 7 nov, 2007
            • 1115
            • LUGO

            #35
            En ese caso dado que llamasteis a la Guardia Civil, supongo que las actuaciones realizadas por los miembros de la benémerita constarán en algún lado. Pedir como prueba documental que se oficie a la GC para que informe sobre el contenido de las actuaciones realizadas para cumplimentar la denuncia (comunicación o lo que sea) hecha por vosotros( indicar la persona que llamó que seguro figura identificada en sus diligencias) y en las que los agentes de la GC constatan que las AC están aparcadas en un lugar habilitado para ello junto a otros muchos vehículos y fuera de la zona de dominio de costas. También puede ir alguien al cuartel a pedir una copia de las diligencias (Tendrá que ser la persona que instó su actuación sinó es posible que no se las faciliten) y luego aportarlo al expediente con las alegaciones. Saludos

            Comentario

            • pelusiña
              Usuario
              • 7 nov, 2007
              • 1115
              • LUGO

              #36
              4Errantes: veo que mientras escribía has metido más comentarios y el escrito de alegaciones; lo he leído y en base a la información de que dispongo he de decir que para estar hecho por alguien que supongo no es un profesional del derecho está muy bien. No obstante yo incluíria lo apuntado en mi comentario anterior, dado que, por lo que me dices, la actuación de la GC es absolutamente favorable a vuestros intereses.

              Lo de la petición de la práctica de pruebas es muy importante, pues es muy habitual que los instructores de los expedientes en un afan de ahorrarse trámites hagan caso omiso de esas peticiones y no resuelvan acerca de la procedencia o no de las mismas, y si eso ocurre, solo con eso, ya tendrás un motivo de recurso a maiores de los que puedas tener respecto de la cuestión principal.

              Ah! me parece muy importante el que tengas oportunidad de hablar con el Instructor, pues es la mejor forma de que repare en el contenido del expediente y que no lo trate como un caso más, además de viva voz es más facil hacerse comprender. No ostante eso nunca debe sustituir a las actuaciones por escrito, éstas son las que quedan en el expediente. El contacto personal es complementario pero no por eso menos importante. saludos

              Comentario

              • 4errantes
                Usuario
                • 29 ene, 2008
                • 6848
                • lamia

                #37
                Originalmente publicado por pelusiña
                4Errantes: veo que mientras escribía has metido más comentarios y el escrito de alegaciones; lo he leído y en base a la información de que dispongo he de decir que para estar hecho por alguien que supongo no es un profesional del derecho está muy bien. No obstante yo incluíria lo apuntado en mi comentario anterior, dado que, por lo que me dices, la actuación de la GC es absolutamente favorable a vuestros intereses.

                Lo de la petición de la práctica de pruebas es muy importante, pues es muy habitual que los instructores de los expedientes en un afan de ahorrarse trámites hagan caso omiso de esas peticiones y no resuelvan acerca de la procedencia o no de las mismas, y si eso ocurre, solo con eso, ya tendrás un motivo de recurso a maiores de los que puedas tener respecto de la cuestión principal.

                Ah! me parece muy importante el que tengas oportunidad de hablar con el Instructor, pues es la mejor forma de que repare en el contenido del expediente y que no lo trate como un caso más, además de viva voz es más facil hacerse comprender. No ostante eso nunca debe sustituir a las actuaciones por escrito, éstas son las que quedan en el expediente. El contacto personal es complementario pero no por eso menos importante. saludos
                hola Pelusiña, no, no he metido nada mas en el recurso, es el mismo que hice en el mensaje 13 de este hilo, a las dos menos cuarto de la tarde, justo 30minutos despues de recibir la carta certificada, pongo tambien el tema de la llamada a la GC, y ellos nos dijeron que podiamos citarles si llegase el caso y como ha llegado pues les cito, no soy en absoluto un profesional del derecho, pero si se el derech oque tengo y sobre todo cre oque ante un cargo que hay que desvirtuar hay que ceñirse a el, cre oque los recursos hay que contestarlos en funcion de los cargos y en este concretamente ese apartado consta de 4 lineas y cita dos articulos, son el los que me he basado puesto qu e cre oque si me multan por exceso de velocidad debo recurrir basandome en esa acusacion y no defendiendome es si llevaba prisa, iba o no iba a esa velocidad? para esos estan el derecho a las pruebas, primero si estaba ACAMPADO deben probarmelo, y si pudieran hacerlo, para ser una infraccion a la ley de costas, lo estaba en la zona de demarcacion o servidumbre? tambien deberian probarlo, y no pueden, por lo tanto les mando las pruebas de que el cargo no existe, pero aun si a su criterio existiese, tampoco seria motivo de infraccion, ya que seria fuera de su jurisdicion ( costas) y seria otro organismo ( ayuntamiento) ya que es un parking municipal, el que deberia sancionarme.
                EN serio, la sancion no tiene ni pies ni cabeza, pero si se que en Cantabria concretamente saben que hay un numero muy pequeño de recursos y la gente paga y calla , pues eso, a ver si cuela que han bajado los ingresos.
                Saludos

                Comentario

                • Patxi AC
                  Usuario
                  • 28 nov, 2005
                  • 1224
                  • VITORIA-GASTEIZ (Álava)

                  #38
                  Hola a todos. Siento las propuestas de sanción que habéis recibido y espero sinceramente que al final consigáis vuestro propósito.
                  Aguila, ¿eras tú el navarro que azuzaba a la muchedumbre contra aquel pobre chico de la gorra en Bergara?

                  Un saludo!

                  Comentario

                  • Aguila
                    Usuario
                    • 3 may, 2007
                    • 576
                    • PAMPLONA-IRUÑEA

                    #39
                    Originalmente publicado por Patxi AC
                    Hola a todos. Siento las propuestas de sanción que habéis recibido y espero sinceramente que al final consigáis vuestro propósito.
                    Aguila, ¿eras tú el navarro que azuzaba a la muchedumbre contra aquel pobre chico de la gorra en Bergara?

                    Un saludo!
                    GRACIAS PATXI.
                    ¿Que chico? ¿Dónde? ¿Cuando? ¿Quien? ¿Antes? ¿Despúes?.....

                    Otro saludo y gracias por los ánimos.

                    Comentario

                    • Patxi AC
                      Usuario
                      • 28 nov, 2005
                      • 1224
                      • VITORIA-GASTEIZ (Álava)

                      #40


                      Bueno, las denuncias os las han puesto a vosotros, pero al final nos afectan a todos. Por lo que me toca estaría dispuesto a colaborar con una pequeña ayuda económica si os parece oportuno abrir un Banco de Voluntades para este caso (recalco lo de "pequeña", no está el horno para bollos)
                      Pienso que la iniciativa que pusiera Dyt en marcha en el caso de Blanes, es perfectamente aplicable en vuestro caso, si pensáis en tirar pa'lante y, lo dicho, podría aportar mi minúsculo grano de arena si lo deseáis. De igual forma, quizás abría más foreros dispuestos a participar, siempre en la medida de sus posibilidades.

                      Un saludo

                      Comentario

                      • 4errantes
                        Usuario
                        • 29 ene, 2008
                        • 6848
                        • lamia

                        #41
                        Novedades

                        Hola, acabo de llegar de Santander, de la Consejeria de Costas y me dicen que aunque los policias ponen PERNOCTA, ellos lo consideran ACAMPADA, puesto que es un VEHICULO HABITABLE, y por lo tanto los vehuculo habitables, no aparcan sino que acampan, ya lo que me faltaba de oir, pero que de todas formas ellos deberian probar que estaba pernoctando con l oque mandaran mi recurso a la Policia Municipal, para que demuestren que estaba pernoctando, cosa que supongo no podran hacer, ya que la multa y las fotos corresponden a las 9 de la mañana, y me eh nenseñado los planos y si es cierto que el parking pertenece a costas por lo que segun ellos se lo dejan en verano para que cobren una cuota y dejen aparcar pero y siempore segun Costas solo se puede aparcar de dia y de noche ningun vehiculo puede pernoctar, ahora si no admiten el recurso nos tocara decir que no pasamos la noche alli, buscar testigos y decir que pernoctamos al lado de los apartamentos y que a las 7 d la mañaan por ejemplo volvimos al parking para pasar el dia, que se yo, de todas formas como todo esto viene por el sr. del camping y el camping junto con la carretera de salida tambien pertenece a costas habra que denunciar a todos los coches que alli aparcan para cenar, ya que estan en zona prohibida desde el Ocaso hasta el amanecer que es segun ellos cuando no se puede estar, hay dios que pais.

                        Comentario

                        • Aguila
                          Usuario
                          • 3 may, 2007
                          • 576
                          • PAMPLONA-IRUÑEA

                          #42
                          Osea que estamos otra vez con que hecha la ley, hecha la trampa ¿no? Me parece una sirverguenzada. Casí prefiero pagar la multa, de verdad, antes de que me obliguen a decir que no he pernoctado y ademas buscar testigos que así lo atestiguen y ya no solo metir yo sino que además hacer mentir a otros.
                          Bueno ya veremos. Esta tarde esta Miguel con el abogado, a ver que nos cuenta. Ya os lo hare saber.
                          Estoy enfadadísima.

                          Comentario

                          • 4errantes
                            Usuario
                            • 29 ene, 2008
                            • 6848
                            • lamia

                            #43
                            Originalmente publicado por Aguila
                            Osea que estamos otra vez con que hecha la ley, hecha la trampa ¿no? Me parece una sirverguenzada. Casí prefiero pagar la multa, de verdad, antes de que me obliguen a decir que no he pernoctado y ademas buscar testigos que así lo atestiguen y ya no solo metir yo sino que además hacer mentir a otros.
                            Bueno ya veremos. Esta tarde esta Miguel con el abogado, a ver que nos cuenta. Ya os lo hare saber.
                            Estoy enfadadísima.
                            Pues imaginate yo como estoy, cuando solo la instructora veia bien la multa, el resto de funcionarios no entendia la multa, me han dado unos planos de la delimitacion y charlando mientras me hacian la fotocopia viendo los coches alli estacionados es sus mismas fotos, alucinaban, sigo pensando que como me dijo la instructora pasara el recurso a los municipales que tienen que demostrar que estabamos pernoctando y sigo pensando que no pueden demostrarlo, por lo que sigo pensando que quedara en nada, de todas formas no pagues Aguila, manda el recurso que te envie pero añade si quieres que llegaste de pamplona a las 7 de la mañana y paraste en lo que segun la señalizacion, los coches alli aparcados y lo que en la multa pone un PARKING, no haciendo en ningun momento ACAMPADA.
                            No te rindas, las mentiras no me gustan pero antes los mentirosos hay que defenderse, los testigos son los que alli estabamos, todos llegamos a las 7, o no? jajaja
                            Saludos

                            Comentario

                            • carlosmorcin
                              Usuario baneado
                              • 11 nov, 2007
                              • 5346
                              • oviedo

                              #44
                              4errantes

                              Originalmente publicado por 4errantes
                              Hola, acabo de llegar de Santander, de la Consejeria de Costas y me dicen que aunque los policias ponen PERNOCTA, ellos lo consideran ACAMPADA, puesto que es un VEHICULO HABITABLE, y por lo tanto los vehuculo habitables, no aparcan sino que acampan, ya lo que me faltaba de oir, pero que de todas formas ellos deberian probar que estaba pernoctando con l oque mandaran mi recurso a la Policia Municipal, para que demuestren que estaba pernoctando, cosa que supongo no podran hacer, ya que la multa y las fotos corresponden a las 9 de la mañana, y me eh nenseñado los planos y si es cierto que el parking pertenece a costas por lo que segun ellos se lo dejan en verano para que cobren una cuota y dejen aparcar pero y siempore segun Costas solo se puede aparcar de dia y de noche ningun vehiculo puede pernoctar, ahora si no admiten el recurso nos tocara decir que no pasamos la noche alli, buscar testigos y decir que pernoctamos al lado de los apartamentos y que a las 7 d la mañaan por ejemplo volvimos al parking para pasar el dia, que se yo, de todas formas como todo esto viene por el sr. del camping y el camping junto con la carretera de salida tambien pertenece a costas habra que denunciar a todos los coches que alli aparcan para cenar, ya que estan en zona prohibida desde el Ocaso hasta el amanecer que es segun ellos cuando no se puede estar, hay dios que pais.
                              Vamos a ver:

                              Ese no es un parking..?

                              En lo referido al estacionamiento de vehículos, la Ley de Costas prevé la disposición de espacios de estacionamiento constituyéndose, de acuerdo con el Art. 2 de la Ley de Tráfico de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en vías públicas:
                              Reglamento General para el desarrollo de la Ley de Costas, Art.30.1.a. En tramos con playa y con acceso a trafico rodado, se preverán reservas de suelo para aparcamientos de vehículos en cuantía suficiente para garantizar el estacionamiento fuera de la zona de servidumbre de transito.”

                              Que eso de que el funcionario de turno de costas, interprete lo de acampar, pernoctar, ocaso...?. A su libre albedrio. Donde tienen ellos escrito, que en un aparcamiento, se considere acampado y pernoctado del ocaso hasta al amanecer e historias de esas?.


                              La prohibición de circulación y estacionamiento de vehículos no afectan ni pueden afectar a las vías públicas en las zonas urbanizadas situadas en el dominio marítimo terrestre a que se refiere la Ley de Costas.
                              Ley sobre Tráfico de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Art.2, “Ámbito de aplicación”, Los preceptos de esta Ley serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.”


                              Seguir para adelante, por favor. Yo la haría, para pagar siempre hay tiempo.
                              Gracias a todos. Y siento lo que estais pasando, como si fuese mio el problema..

                              Saludos a todos los que estais en ello, implicados directamente.

                              Comentario

                              • biblos
                                Usuario
                                • 11 jun, 2008
                                • 1
                                • santander

                                #45
                                Cantabria

                                Que pena, que las visitas que nos haceis no sean comprendidas, San Vicente de la Barquera es una Villa preciosa.Al sr. alcalde de la Villa le inviba a que visitase Chipiona y el lugar que han dispuesto para aparcamiento de las autocarvanas.

                                Comentario

                                Trabajando...