Cuando la redacción de una ley es ambigua o se presta a interpretación se pueden dar aplicaciones incorrectas de las leyes, para eso están también los mecanismos legales de corrección.

La cúspide de esos mecanismos son los tribunales superiores, supremo o Constitucional, capaces de modificar texto legale de leyes, pero debemos diferenciar lo que es una norma y sus rangos.

Una Ley es una norma generalmente aprobada por un Parlamento y los Reglamentos son normas que desarrollan las les leyes y deben ser fieles a su texto y a los fines que protegen, las Ordenanzas Municipales no son leyes, porque los ayuntamientos no pueden crear leyes.

Sin embargo, las OOMM de tráfico de un ayuntamiento son normas que están reguladas en los art. 92 y 93 del Reglamento General de Circulación al amparo de la Ley de Seguridad Vial y de la de Administraciones Públicas.

Sin embargo estas competencias no otorgan poderes omnímodos a los ayuntamientos y sus límites no están claramente definidos en los textos legales, por eso, un ayuntamiento puede aprobar una OOMM que prohibe estacionar autocaravanas a menos que se presenten alegaciones razonadas.

Esta OOMM estará vigente mientras no sea derogada por la acción legal o por intervención del Estado, son las normas. En este caso la Instrucción es un elemento probatorio que se puede esgrimir ante un juez o ante un DP para reclamar la ilegalidad de las OOMM, pero mientras, repito, no las anule el Tribunal de lo Contencioso, o el propio ayuntamiento, seguirán vigentes, por mucha razón que tengamos, y mientras esa sentencia no sea refrendada por el TS no habrá jurisprudencia.

A menos que el Estado se implique a través de la DGT y ha dejado bien claro que no lo va a hacer, tenemos dos alternativas, quejarnos y dejar que existan o reclamar judicialmente el cumplimiento de la ley con las molestias, el costo y el tiempo que significa.

Puede que haya otras vías, como la presión pública y las manifestaciones, personalmente no creo que sean eficaces y mucho menos costoefectivas.