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Tema: Limites velocidad autocaravanas

  1. #21
    Usuario Avatar de 4errantes
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    29 ene, 08
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    lamia
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    Cita Iniciado por Aztore Ver mensaje
    Perro si el limite para un turismo es de 120 y el radar salta a 133... entonces deduzco que si nuestro limite es de 100 la multa debiera de imponerse a partir del mismo margen del 10% de tolerancia no? es decir... entiendo que seria justo que nos multaran a partir de los 110 km/h no? o no disponemos del mismo margen de tolerancia que el resto de vehiculos?
    Correcto (aunque en el pasis vasco el margen es menor), el problema es que los radares que saltan por volumen nos sacan la foto y nos confunden con un camion, cuya velocidad maxima es 90km/h, por eso nos llega la multa y tenemos que recurrirla presentando la ficha tecnica.

    Saludos

  2. #22
    Usuario Avatar de Jordi Carreras
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    02 nov, 06
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    Predeterminado

    Yo hace unos cuantos años, circulando por Francia y en una subida en que la autopista, se ponía a tres carriles, me puse en la via lenta de los camiones, circulaba a 110 Kms. hora y al pasar por delante del radar, me disparó la foto.
    Al llegar al peaje se lo comuniqué y me dijeron que estubiera tranquilo, que no me pasaría nada, pués al circular a 110 Kms por el carril lento de los camiones, por el volumen me diparó, pensando que era un camión.
    Abrazos.
    Jordi

  3. #23
    Usuario Avatar de Aztore
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    19 ene, 09
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    Predeterminado

    Ya ..... yo creo que eso son las ganas que tienen de molestarse en hacer bien su trabajo y mirar la foto del radar, vamos que como siempre si cuela cuela y eres tu el que debe demostrar tu inocencia,... porque que yo sepa segun he visto en algun reportage de la tele, todas las fotos que se sacan se envian automaticamente a un centro en el que las examinan y desde alli te mandan la notificacion (por si hay fotos mal hechas en las que no sale bien el numero de placa, con mas de un vehiculo a la vez en la foto ...) osea que mandan la foto si o si aunque vean que es una autocarvana y luego ya te apañaras para recurrir si quieres y tienes tiempo que perder...... ainsssssss ........ en fin bueno es saberlo
    gracias y un cordial saludete
    Lo importante no son los años de la vida sino la vida de los años

  4. #24
    Usuario Avatar de vegadelira
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    16 abr, 09
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    Predeterminado Éste es mi primer mensaje

    Soy nueva en el foro. En primer lugar quiero agradeceros a todos la información que proporcionáis.

    El motivo de darme de alta para poder escribir aquí, han sido las dos multas que me han puesto en el mes de febrero, una en Salamanca por ir a 110 Km/hora en autopista, porque me aplicaron la limitación genérica de los 100 Km/hora para vehículos mixtos o derivados de turismo. Presenté un escrito de alegaciones, que ha sido desestimado sin ningún tipo de argumentación y contra el que no voy a interponer recurso contencioso-administrativo porque me va a suponer más gasto que los 100 euros con los que me sancionan (creo que cuentan con ello y por eso no motivan la contestación o les da igual) .

    La segunda multa me la ha puesto la ertzaina por ir a ... ¡101 !Km/hora, cuando existía, según ellos, una restricción genérica de 90 Km/hora en sus tramos de autopista. ¿Me considerarán aquí furgón... ? ¿?¿?

    Como véis, la aplicación del Reglamento es muy claro y unívoco: las caravanas tienen limitado ir a más de 100 Km/hora por autopista en Salamanca y no pueden superar los 90 Km/hora en las autopistas en Euskadi. Pero ¿dónde está dicho eso? ¿No es el Reglamento General de Circulación una norma que se aplica a todo el territorio español?

    No entiendo por qué, viviendo como vivimos en un Estado de Derecho según proclama la Constitución Española, continuamos en esta tremenda indefensión.

    Estamos a merced del criterio de cada policía (nacional, autonómico, municipal) o guardia civil que nos vea pasar. Uno puede entender que somos furgones, otros que vehículos mixtos, otros que derivados de turismo...

    Afortunadamente vuestros comentarios en este tema me han tranquilizado al ver que en Euskadi es de lo más normal este tipo de multas y que se pueden recurrir, aunque no sé si habéis tenido éxito y os han quitado la sanción. Ya he dicho que la de DGT Salamanca la han mantenido.

    4errantes, si me lo permites voy a utilizar el escrito de recurso que han puesto en este foro para adecuarlo a mi caso concreto y a ver si tengo más suerte en Euskadi .

    Quizás alguno de los expertos en la materia, que habitáis en este Foro, podría preparar un escrito debidamente argumentado para enviarlo al Ministro del Interior, al DG de Tráfico, a Zapatero o al Gobierno en pleno, exponiendo estos casos de indefensión y que lo deje colgado en este Foro para que cada uno de nosotros lo pueda hacer propio y enviarlo por su cuenta. También podríamos hacerlo lelgar a los partidos de la oposición, por aquello de ampliar posibles interesados.

    A ver si de este modo alguien de la clase política se preocupa por clarificar la situación, impulsando la aprobación de una normativa clarita y para ******, a fin de que todos podamos saber de una vez a qué atenernos.

    Gracias a todos, continuaré "navegando" por este Foro para estar al día.

  5. #25
    Usuario Avatar de 4errantes
    Fecha de ingreso
    29 ene, 08
    Ubicación
    lamia
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    6,848

    Predeterminado

    Cita Iniciado por vegadelira Ver mensaje
    Soy nueva en el foro. En primer lugar quiero agradeceros a todos la información que proporcionáis.

    El motivo de darme de alta para poder escribir aquí, han sido las dos multas que me han puesto en el mes de febrero, una en Salamanca por ir a 110 Km/hora en autopista, porque me aplicaron la limitación genérica de los 100 Km/hora para vehículos mixtos o derivados de turismo. Presenté un escrito de alegaciones, que ha sido desestimado sin ningún tipo de argumentación y contra el que no voy a interponer recurso contencioso-administrativo porque me va a suponer más gasto que los 100 euros con los que me sancionan (creo que cuentan con ello y por eso no motivan la contestación o les da igual) .

    La segunda multa me la ha puesto la ertzaina por ir a ... ¡101 !Km/hora, cuando existía, según ellos, una restricción genérica de 90 Km/hora en sus tramos de autopista. ¿Me considerarán aquí furgón... ? ¿?¿?

    Como véis, la aplicación del Reglamento es muy claro y unívoco: las caravanas tienen limitado ir a más de 100 Km/hora por autopista en Salamanca y no pueden superar los 90 Km/hora en las autopistas en Euskadi. Pero ¿dónde está dicho eso? ¿No es el Reglamento General de Circulación una norma que se aplica a todo el territorio español?

    No entiendo por qué, viviendo como vivimos en un Estado de Derecho según proclama la Constitución Española, continuamos en esta tremenda indefensión.

    Estamos a merced del criterio de cada policía (nacional, autonómico, municipal) o guardia civil que nos vea pasar. Uno puede entender que somos furgones, otros que vehículos mixtos, otros que derivados de turismo...

    Afortunadamente vuestros comentarios en este tema me han tranquilizado al ver que en Euskadi es de lo más normal este tipo de multas y que se pueden recurrir, aunque no sé si habéis tenido éxito y os han quitado la sanción. Ya he dicho que la de DGT Salamanca la han mantenido.

    4errantes, si me lo permites voy a utilizar el escrito de recurso que han puesto en este foro para adecuarlo a mi caso concreto y a ver si tengo más suerte en Euskadi .

    Quizás alguno de los expertos en la materia, que habitáis en este Foro, podría preparar un escrito debidamente argumentado para enviarlo al Ministro del Interior, al DG de Tráfico, a Zapatero o al Gobierno en pleno, exponiendo estos casos de indefensión y que lo deje colgado en este Foro para que cada uno de nosotros lo pueda hacer propio y enviarlo por su cuenta. También podríamos hacerlo lelgar a los partidos de la oposición, por aquello de ampliar posibles interesados.

    A ver si de este modo alguien de la clase política se preocupa por clarificar la situación, impulsando la aprobación de una normativa clarita y para ******, a fin de que todos podamos saber de una vez a qué atenernos.

    Gracias a todos, continuaré "navegando" por este Foro para estar al día.
    Con el recurso que envie te quitaran al menos la del Pais Vasco, quiza no en el primer recurso pero tienes el recurso de alzada antes de ir al contencioso, en cuanto al deSalamanca tambien deberias recurrirla con un recurso de alzada que segun comentas puedes hacerlo aun antes del contencioso, lo puedes hacer en los mismo terminos puesto que en ninguna multa llegas a los 120km/h permitidos hoy en dia, siempre y cuando seas una autocaravana homologada como 3200 ó 3248, si eres 3100 0 3148 entonces en la de Salamanca no podras utilizar ese recurso ya que la velocidad maxima si es 100km/h, aunque podrias luchar porque segun trafico para las multas por exceso de velocidad hay un baremo, en el caso de limite a 100km/h, estas exento hasta 110 y en el caso de 120km/h estas exento hasta 132km/h, eso lo dicen ellos en sus tablas de sanciones.

    Saludos

  6. #26
    Usuario Avatar de inmacu.cres
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    10 sep, 07
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    36

    Predeterminado las multas de altube

    nos pusieron una multa en altube este verano por ir a 102 km la recurimos y nos derojaron el recurso hace 2 meses mas o menos.y la pagamos pero esta semana nos han embiado una carta en la que nos devuelben el dinero

  7. #27
    Usuario Avatar de vegadelira
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    Predeterminado

    Gracias por la información, 4errantes e inmacu.cres.

    Mi autocaravana está catalogada como 3248. Ya estoy preparando el recurso de alzada. Os mantendré informados de su evolución.

    Además, a la vista de estas incongrüentes decisiones administrativas, estoy pensando en qué otras medidas puedo tomar, siempre legales, por supuesto , para hacer notorio mi descontento por el vacío normativo que permite este tipo de actos administrativos subjetivos y arbitrarios.

  8. #28
    Usuario Avatar de DUKE
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    209

    Predeterminado hola compañeros

    Hola compañeros siento ser al abogado del diablo
    Yo de todo esto lo que no entiendo es donde están nuestros representantes, hay cantidad de asociaciones que recogen la mayoría del colectivo autocaravanista, no es mi caso por estas cuestiones...,
    Por que razón no se organizan para acudir al congreso ya que es posible o al defensor del pueblo, a mi me parece bien que se dediquen a organizar eventos y esas cosas como figurar(no lo digo por todos, pero si por algunos muy concretos, el resto trabajan para la gente lo que les agradezco desde aquí) pero lo que realmente deberían de hacer esos presidentes es representar al colectivo... no se, son cosas que no llego a entender, el que hagamos un escrito cualquiera de nosotros no tiene validez al no representar a un colectivo... pero esa gente que se reúnen con el director de trafico y las fuerzas políticas, para que se quite el famoso impuesto de matriculación, que ellos a su vez estaban defraudando a su interés reclasificando los vehículos, son los que deberían hacer estas cosas que aunque no les aporten capital a sus negocios… si es por el bien común del colectivo ! no os parece??

    En fin siento que alguno se pueda sentir aludido sin deberlo, mis disculpas, espero que alguno se movilice y haga de esto una propuesta en sus federaciones y asociaciones

    Un saludo a todos
    Compartir es vivir feliz con uno mismo acompañado de los demas...

  9. #29
    Usuario Avatar de 4errantes
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    29 ene, 08
    Ubicación
    lamia
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    6,848

    Predeterminado

    Cita Iniciado por inmacu.cres Ver mensaje
    nos pusieron una multa en altube este verano por ir a 102 km la recurimos y nos derojaron el recurso hace 2 meses mas o menos.y la pagamos pero esta semana nos han embiado una carta en la que nos devuelben el dinero
    A mi lo mismo por ir a 104km/h, no llegaron a cobrarme porque el recurso de alzada propero, se puede ir a 120km/h si su clasificacion es 3200, conozco al menos 4 casos de gente a 117 que tambien se las han quitado.

    Saludos

  10. #30
    Usuario Avatar de ROMOVULCAN
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    26 mar, 09
    Ubicación
    guardamar del segura
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    101

    Predeterminado

    Hola a todos, a mi me suena esto de las clasificaciones de que unos a 100 y otros a 120 que lo terminaran reunificado claro está a la baja, recuedo hace unos años cuando tenia quad, el mio estaba matriculado con una placa normal tipo turismo o moto y podian montar dos pasajeros y salir por autovias y era de obligado uso el casco protector; fechas antes amigos mios se compraron el quad y solo se podian matricular como vehiculo especial , es decir la matricula tipo tractor con fondo blanco y letra roja, en estos últimos solo podia montar el conductor y circular por carreteras comarcales y casco urbano, tambien no era obligatorio el uso del casco protector, la policia y guardia civil se liaba a poner multas, más por el tema del casco que por llevar otro acompañante sin saber estas reglamentaciones, por lo cual muchisimos recursos salian victoriosos, peeeeeero, al final salio un decreto ley para el uso obligatorio del casco en todo tipo de cuadriciclos que no lleven cinturon de seguridad.

    Saludos

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