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¿Puedo homologar una AC para una MMA de más de 3.500 kg? Supongamos que veo una AC de segunda mano, que está ya fuera de garantía y viene homologada para 3.500 kilos de MMA.
Es integral, mide menos de 7 metros de largo y menos de 3 de alto. Tiene un gran garaje con dos puertas. Y así está perfecta para mí.
Quisiera saber cómo puedo modificarla y homologarla para 4.250 kilos de MMA. Tengo carnet C y no quiero jugar al gato y al ratón vaciando depósitos ni apeando a la suegra (ji ji ji) para no pesar demasiado. Quiero circular tranquilo y a gusto con la seguridad de que la policía de cualquier país y cualquier seguro me vean cumpliendo con sus normas. Quiero que el vehículo ande equilibrado y no sobre-forzado. En una palabra, quiero disfrutar de la AC y no llevarla estresado.
Para ello me he hecho esta lista de cosillas que imagino debería cambiar en la AC, aunque no sé si todas han de ser luego homologadas o no. ¿Vuestro consejo, por favor?:
* MMA de 4.250 kg o semejante.
* 160-180 CV mejor que 150 CV y que 130 CV.
* Suspensión neumática
* Cambio automático, o robotizado, o pilotado, o escalonado, o secuencial, o algo así. Un sistema que no lleve pedal de embrague.
* Regulador de velocidad
* Aire acondicionado cabina
* Batería habitáculo
* Retrocámara
* 2 depósitos rellenables GLP.
* Ampliar depósitos de limpias y grises a lo máximo que permita el diseño del fabricante.
Pongo 4 ejemplos de modelos que tengo en mente, aunque no digo que vaya a por ellos. De momento sólo estoy aprendiendo:
* Adria Sonic Axess I 600 SL
* Hymer Exsis-i Premium 50 - 562
* McLouis Nevis 875 G
* Burstner Viseo i 690 G
Vuestros consejos, opiniones y comentarios serán muy bienvenidos. ¡¡Muchas gracias, amigos acistas, vamos a ver si hacemos milagros !!
Hola Caminante, una Ac de 7 metros o incluso menos yo creo que es un atraso intentar pasarla a más kilos aunque tengas carnet de camión, y además si su chasis no esta homologado para esos kilos no será posible hacerlo al menos aquí en España, distinto sería que venga de Alemania por ejemplo y venga para más de 3500kilos, entonces en la itv te la matricularían para más de 3500kilos, lo de quitarte las ganas de intentar ponerla a más de 3500kilos simplemente es por el motivo del día que digas de venderla, es un contratiempo, la gente no suele comprar ACS de más de 3500 kilos, te limitaría mucho la venta, distinto es que sea una AC grande de unos 8 o 9 metros, entonces si sería necesario tener carnet de camión para llevarla, simplemente por peso.
Espero que mi consejo te sirva de ayuda, no se sí los demás compañeros coinciden conmigo en mi respuesta, ánimo y suerte con tu compra, saludos.
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Hola Caminante, una Ac de 7 metros o incluso menos yo creo que es un atraso intentar pasarla a más kilos aunque tengas carnet de camión, y además si su chasis no esta homologado para esos kilos no será posible hacerlo al menos aquí en España, distinto sería que venga de Alemania por ejemplo y venga para más de 3500kilos, entonces en la itv te la matricularían para más de 3500kilos, lo de quitarte las ganas de intentar ponerla a más de 3500kilos simplemente es por el motivo del día que digas de venderla, es un contratiempo, la gente no suele comprar ACS de más de 3500 kilos, te limitaría mucho la venta, distinto es que sea una AC grande de unos 8 o 9 metros, entonces si sería necesario tener carnet de camión para llevarla, simplemente por peso.
Espero que mi consejo te sirva de ayuda, no se sí los demás compañeros coinciden conmigo en mi respuesta, ánimo y suerte con tu compra, saludos.
Gracias, Javi, tu respuesta me hace pensar, y eso es bueno, así es como aprendo.
Por supuesto que el chasis ha de estar homologado para más de 3.500 kilos, por eso pregunto cómo hacer eso. A ver si me explico. Yo veo en los catálogos de ACs nuevas que a veces ponen que un modelo viene con "MMA de 3.500 /4.250 kg", y eso me imagino que significa que el comprador la puede homologar para 3.500 si la llevará con carnet de turismo, o de 4.250 si la llevará con carnet de camión. ¿Es correcto eso?
Lo que no sé es si al comprarla nueva y la pides con el modelo homologado a 4.250 si le hacen modificaciones fuertes al vehículo o sólo es cosa de papeles y certificados porque el bicho ya sale técnicamente a punto para esos 4.250, y solamente te ponen en los papeles que no te pases de 3.500 para que puedas andar con tu carnet de turismo, digo yo.
Por eso, si compro una de segunda mano que cuando era nueva ponía en catálogo lo de "3.500 /4.250" y el anterior propietario la llevaba con carnet de turismo, ¿puedo yo llevarla a la ITV y que me la homologuen para 4.250?
¿Se hace eso con un certificado que yo le pida al fabricante tras unos años en circulación, o hay que hacerle modificaciones al chasis /suspensión /etc.?
¿Un cambio de homologación en una usada implica cambiar la matrícula?
Y por último, maestro Javi, lo que dices de que es más difícil de vender una usada cuando anda para más de 3.500 de MMA, ¡¡en realidad es una ventaja para el comprador como yo, a que sí!!
Un fuerte abrazo y muchas gracias, Javi. Y también agradezco cualquier comentario de cualquier compañero, que estoy muy perdido. Gracias a todos,
Mi opinion es que parece que hayas tenido un sueño........
Soñar es gratis pero encontrar lo que buscas no es facil ,porque mezclas varios temas
1º Dependera de su ficha tecnica si puedes o no aumentar de MMA ...con sus certificados de ambos fabricantes
2ºTodo lo que modifiques deberia pasar ITV
2ºNo es facil encontrar de segunda mano con 180cv y dos depositos de gas
3ºLos depositos no es lo que permita el fabricante es donde y como los pones
4ºSon miles de ACs de 3500 kg que no van estresados
5º Pros y contras de pasar los 3.500 kg
6º Consumos altos por su peso
7º Que tengas suerte con el sueño...........................busca un camion ,que los hay
Saludos
Hemos puesto al mismo tiempo el mensaje.
Solo decirte que es posible el cambio de MMA siempre que este la AC tecnicAMENTE PREPARADA PARA ELLO ,PERO DEBEN DE ESTAR DE ACUERDO AMBAS PARTES EL FABRICANTE DEL CHASIS (FIAT)
Y el fabricante del habitaculo y no siempre coinciden que si se pueda hacer .
No se matricula de nuevo si es española ,si es de importacion si y con mas problemas por sus normas euro.
Suerte
Mi opinion es que parece que hayas tenido un sueño........
Soñar es gratis pero encontrar lo que buscas no es facil ,porque mezclas varios temas
Tienes toda la razón, Alpebret: ¡estoy soñando! Sueño con la AC ideal para cuando me jubile, que ya no falta mucho, por eso procuro aprender y gracias a vosotros me equivocaré menos, seguro. Gracias, amigo. Te contesto aquí a tus dos mensajes:
1º Dependera de su ficha tecnica si puedes o no aumentar de MMA ...con sus certificados de ambos fabricantes
No se me había ocurrido que los dos fabricantes certificaban aparte. Es lógico, y eso me revela que el follón de papeleo ha de ser monumental. Entendido, gracias.
2ºTodo lo que modifiques deberia pasar ITV
Vale.
2ºNo es facil encontrar de segunda mano con 180cv y dos depositos de gas
Lo de 180 CV es una fantasía para menos de 7 metros, sólo lo puse como algo utópico. Evidentemente andaré con el motor que lleve el bicho. Sólo pensaba que una AC que el fabricante homologa indistintamente para 3.500 ó para 4.250 a gusto del comprador pues que habrá que darle el máximo motor posible dentro de esa homologación.
Y los dos depósitos RELLENABLES de GLP supongo que son otra fantasía. Es que vi un brico del mago Obelix y ¡ese invento se me metió en vena! Imagino que eso lo instalaré más adelante, paciencia.
3ºLos depositos no es lo que permita el fabricante es donde y como los pones
Entendido.
4ºSon miles de ACs de 3500 kg que no van estresados
Por supuesto.
5º Pros y contras de pasar los 3.500 kg
Muy cierto. Esta lista de pros y contras es lo primero que hice, y como me salen muchos más pros que contras por eso pregunto, para tener más conocimiento cuando tenga que tomar decisiones.
6º Consumos altos por su peso
Cierto.
7º Que tengas suerte con el sueño...........................busca un camion ,que los hay
Gracias, Alpebret. Este sueño, como todos los sueños, se irá materializando poco a poco y adaptándose a la realidad, de modo que al final será diferente a lo previsto, desde luego. La carta a los Reyes Magos nunca se cumple al pie de la letra, ¿verdad? Yo estoy escribiendo mi carta y la voy modificando con lo que voy aprendiendo de aquí y de allá.
No quiero un camión, de verdad. Mi sueño es menor de 7 metros y que acepte 4,2 Tm. La Ac de Javiracing, por ejemplo, es una maravilla celestial, la he visto en el vídeo de la tele y es alucinante, con 8,5 metros se sale por arriba de mi sueño, de verdad que yo no quiero (ni puedo) tener ese camión. Simplemente pienso en una AC normal pero que admita más peso de lo normal, nada más.
En cuanto a comprar usado o nuevo, aparte del precio, creo que depende de la costumbre de cada uno, de las experiencias vividas. El primer vehículo de mi vida --después de un ciclomotor-- fue en 1970 una furgoneta Citroen 2CV que estaba casi para desguace. Una empresa me pagaba por kilómetro de reparto y con eso hacía mi trabajo y encima podía salir los domingos con los amiguetes. Desde entonces he comprado y vendido muchos vehículos, más veces usados que nuevos, y en mi caso soy un convencido de la segunda mano. Por eso estoy ahora estudiando ACs nuevas y todo lo que envuelve su mundo (desconocido para mí) y en su momento decidiré (con vuestra ayuda) lo mejor que sea capaz de hacer.
Originalmente publicado por Alpebret
Solo decirte que es posible el cambio de MMA siempre que este la AC tecnicAMENTE PREPARADA PARA ELLO ,PERO DEBEN DE ESTAR DE ACUERDO AMBAS PARTES EL FABRICANTE DEL CHASIS (FIAT)
Y el fabricante del habitaculo y no siempre coinciden que si se pueda hacer .
Eso ha sido nuevo para mí, Alpebret, lo he visto en tu anterior mensaje y te lo agradezco.
No se matricula de nuevo si es española ,si es de importacion si y con mas problemas por sus normas euro.
Tampoco sabía esto de la matrícula. Y no sé qué son las normas euro... ???
Un millón de gracias, Alpebret y Javiracing y todos. Hasta pronto, un abrazo,
CAMINANTE. Piensa que muchos estamos aqui para ayudar en lo que creemos que sabemos algo ....
Hay apartados que nunca he entrado a debatir electronica,GPS,ordenadores,telefonos ect ect
Pero en tu tema de hoy pues tambien empece un poco antes que tu con viejos cacharros y hasta la fecha estoy entre los vehiculos mas modernos del mercado industrial......
YO tambien quiereo +- lo que tu buscas pero a veces cuando uno mas sabe de ITVs ,gases,homologaciones ect ect ,le da miedo meterse en ellos pero no vas mal en buscar algo de 4.250 kg que las hay y aqui en este foro en VENTAS y algunas con el añadido ....SE puede conducir con el B......claro que se puede pero en penalty ja ja
En fin sigue preguntando que gustosamente debatiremos temas de nuestras ACs
Un saludo
Antonio
PD. Las normas euro es el grado de contaminacion de un vehiculo ,no lo encuentras en ficha tecnica ,eso es como todo una MENTIRA ,alguien tiene que vivir legislando
...empece un poco antes que tu con viejos cacharros y hasta la fecha estoy entre los vehiculos mas modernos del mercado industrial......
Vaya, Alpebret, ¿parece que eres otro jovencito sesentón? ¡Bienvenido al club! Me alegra saber que te mueves entre vehículos modernos, son una gozada.
YO tambien quiereo +- lo que tu buscas pero a veces cuando uno mas sabe de ITVs ,gases,homologaciones ect ect ,le da miedo meterse en ellos pero no vas mal en buscar algo de 4.250 kg que las hay y aqui en este foro en VENTAS y algunas con el añadido ....SE puede conducir con el B......claro que se puede pero en penalty ja ja
Aún no he llegado al momento de ver para comprar; solamente estoy aprendiendo y preparándome. Todo llegará. Y lo de conducir en penalty es un mal rollo, sobre todo porque el seguro te expulsa de la póliza a lo bestia, hacen como si no existieras y te quedas con el culo al aire. Muy mal rollo.
En fin sigue preguntando que gustosamente debatiremos temas de nuestras ACs
Lo haré, amigo, muchas gracias.
PD. Las normas euro es el grado de contaminacion de un vehiculo ,no lo encuentras en ficha tecnica ,eso es como todo una MENTIRA ,alguien tiene que vivir legislando
¡Esto es fantástico! Me encanta ver cuánto se preocupan por nosotros los políticos. Nos entretienen con normativas y reglamentos que ni siquiera sabemos si cumplimos, y mientras tanto los que deberían dar ejemplo (Guardia Civil, Policía Nacional, Policías Municipales, Protección Civil, coches oficiales, etc.) estén o no en emergencia nunca ponen el intermitente. Y si eso incide en causa de siniestro jamás consta en el atestado. (O conducen hablando por el móvil, o estacionan o circulan por prohibido, sólo cito ejemplos.)
Con esto quiero decir que comprendo tu cabreo por lo que dices de los grados de contaminación y todo eso. Mientras que el conductor sufriente ha de pagar por todo sin rechistar, la "autoridad" pasa por encima de las normas como un rodillo.
Aún no he llegado al momento de ver para comprar; solamente estoy aprendiendo y preparándome. Todo llegará. Y lo de conducir en penalty es un mal rollo, sobre todo porque el seguro te expulsa de la póliza a lo bestia, hacen como si no existieras y te quedas con el culo al aire. Muy mal rollo.
Por mis años de currelo eso no es asi exactamente, en la poliza hay una letra pequeña donde te dice lo que no cubre el seguro . En este caso que comentas ,ni te pesan despues de un accidente ,ni entra dentro de esa letra pequeña ,NO por ello digo que NO importa ir con sobrecarga NO ,solo digo que por una falta al RGC no puede el seguro eximirse de la responsabilidad en caso de siniestro.
Suerte en tu busqueda
En lo que se refiere al seguro,al modificar la ficha técnica,hay que comunicarlo a la compañía,puesto que las pólizas especifican la MMA del vehículo.De no comunicarlo a la compañía,en caso de siniestro,si por atestado policial ó lo que sea,la compañía tiene noticia de esa importante modificación del vehículo...ojito,que habrá problemas,y de los gordos.
Editado por última vez por LOLO; 12/07/2013, 14:54:27.
En lo que se refiere al seguro,al modificar la ficha técnica,hay que comunicarlo a la compañía,puesto que las pólizas especifican la MMA del vehículo.De no comunicarlo a la compañía,en caso de siniestro,si por atestado policial ó lo que sea,la compañía tiene noticia de esa importante modificación del vehículo...ojito,que habrá problemas,y de los gordos.
Correcto ,por eso cuidado con los bricos y otros similadres, que modificas la estructura o se añaden cosas peligrosas que el seguro desconoce.
Salud y kms seguros
En lo que se refiere al seguro,al modificar la ficha técnica,hay que comunicarlo a la compañía,puesto que las pólizas especifican la MMA del vehículo.De no comunicarlo a la compañía,en caso de siniestro,si por atestado policial ó lo que sea,la compañía tiene noticia de esa importante modificación del vehículo...ojito,que habrá problemas,y de los gordos.
Entendido, Lolo, dices que "podemos meternos en problemas de los gordos".
Veamos. Cuando la ITV modifica la ficha técnica de modo que homologa la AC para que pase a tener una MMA de 4.250 kilos en vez de 3.500, hay que comunicarlo a la compañía de seguros y seguramente nos cobrará más prima porque corremos mayor riesgo. Entendido.
Y cualquier otro cambio en la ficha también hay que comunicarlo al seguro, como poner suspensión neumática o cambio automático, por ejemplo. Bien.
Mi pregunta es: Suponiendo que la compañía está bien informada de la MMA de la AC (da igual que sea de 3.500 o de 4.250 o de 7.000 o de lo que sea) y eso está bien escrito en el recibo de la póliza del seguro, y ese vehículo no puede frenar a tiempo y atropella sin querer al caniche del alcalde. Entonces ¿qué ocurre?
¿Tienen derecho policía municipal o guardia civil a pesar la AC aun sin permiso del propietario del vehículo? (de un modo parecido a como puede meterte en la prueba de alcoholemia)
Soy un partidario total de ser responsables y honrados con la AC, tanto al conducir como al aparcar y en toda situación. Llevar sobre-carga es estúpido porque el vehículo no podrá reaccionar como es debido. Lo que pregunto es que si se da el caso de que un día llevas sobre-carga, ¿estás protegido por tu seguro, o no, o a medias?
Lolo, por favor, dinos en qué tipo de "problemas gordos" nos podemos meter con el seguro.
Originalmente publicado por Alpebret
.../... solo digo que por una falta al RGC no puede el seguro eximirse de la responsabilidad en caso de siniestro.
Alpebret, explica un poco esto que dices, por favor.
Muchísimas gracias, Lolo y Alpebret y JaviRacing y todos, me estáis dando un curso buenísimo de AC. Un abrazo y hasta pronto,
Iniciado por Alpebret .../... solo digo que por una falta al RGC no puede el seguro eximirse de la responsabilidad en caso de siniestro.
Alpebret, explica un poco esto que dices, por favor.
Muchísimas gracias, Lolo y Alpebret y JaviRacing y todos, me estáis dando un curso buenísimo de AC. Un abrazo y hasta pronto,
Pues es muy simple y sencillo por el mero hecho de incumplir con una señal de trafico NO tiene porque el seguro eximirse del pago del accidente,hay muchos ejemplos para ponerlos,vease el caso del bus de Avila pagara el seguro por dormirse o por coger la curva demasiado fuerte o pòr distraccion.........................
Sobre lo demas podria contestarte yo mismo pero ya que te has dirigido a LOLO el dirá, si quiere,yo no le obligo a nada.
Salud y kms
...estas llevando las cosas a extremos,Caminante7.
Lo que hay que hacer es llevar las cosas en condiciones:no ir excedidos en peso;no conducir bajo los efectos del alcohol ó sustáncias estupefacientes;llevar la ITV al día,etc,etc...
...ya que si no es así,como especifica la póliza de seguro...pueden venir los "problemas gordos",que es que la compañía se atenga al condicionado de la póliza y no nos cubra.
Igual que la G.C. te puede parar en cualquier momento y obligarte a pasar una ITV ó pesarte el vehículo,por supuesto que te pueden pesar el vehículo,sin tu consentimiento,tras un atropello.
Ahora sí que me queda claro, Lolo: la guardia civil puede pesarme la AC ¡ incluso sin mi permiso !
Originalmente publicado por LOLO
Lo que hay que hacer es llevar las cosas en condiciones:no ir excedidos en peso;no conducir bajo los efectos del alcohol ó sustáncias estupefacientes;llevar la ITV al día,etc,etc...
...ya que si no es así,como especifica la póliza de seguro...pueden venir los "problemas gordos",que es que la compañía se atenga al condicionado de la póliza y no nos cubra.
Y en esto tienes toda la razón, es de sentido común, pero todos deberíamos leer la letra pequeña de nuestro seguro y luego tendríamos menos problemas.
Disculpa si he llevado la cosa a extremos, pero esos ejemplos "espectaculares" nos han servido para dejar el tema muy-muy claro. Gracias de verdad.
Comentario