Entendido, Lolo, dices que "podemos meternos en problemas de los gordos".
Veamos. Cuando la ITV modifica la ficha técnica de modo que homologa la AC para que pase a tener una MMA de 4.250 kilos en vez de 3.500, hay que comunicarlo a la compañía de seguros y seguramente nos cobrará más prima porque corremos mayor riesgo. Entendido.
Y cualquier otro cambio en la ficha también hay que comunicarlo al seguro, como poner suspensión neumática o cambio automático, por ejemplo. Bien.
Mi pregunta es: Suponiendo que la compañía está bien informada de la MMA de la AC (da igual que sea de 3.500 o de 4.250 o de 7.000 o de lo que sea) y eso está bien escrito en el recibo de la póliza del seguro, y ese vehículo no puede frenar a tiempo y atropella sin querer al caniche del alcalde. Entonces ¿qué ocurre?
¿Tienen derecho policía municipal o guardia civil a pesar la AC aun sin permiso del propietario del vehículo? (de un modo parecido a como puede meterte en la prueba de alcoholemia)
Si el peso resulta estar por encima de la MMA:
¿el seguro cubre el siniestro? ¿la responsabilidad civil? ¿el mecanismo quita-multas?
Soy un partidario total de ser responsables y honrados con la AC, tanto al conducir como al aparcar y en toda situación. Llevar sobre-carga es estúpido porque el vehículo no podrá reaccionar como es debido. Lo que pregunto es que si se da el caso de que un día llevas sobre-carga, ¿estás protegido por tu seguro, o no, o a medias?
Lolo, por favor, dinos en qué tipo de "problemas gordos" nos podemos meter con el seguro.
Alpebret, explica un poco esto que dices, por favor.
Muchísimas gracias, Lolo y Alpebret y JaviRacing y todos, me estáis dando un curso buenísimo de AC. Un abrazo y hasta pronto,
Iniciado por Alpebret
.../... solo digo que por una falta al RGC no puede el seguro eximirse de la responsabilidad en caso de siniestro.
Alpebret, explica un poco esto que dices, por favor.
Muchísimas gracias, Lolo y Alpebret y JaviRacing y todos, me estáis dando un curso buenísimo de AC. Un abrazo y hasta pronto,
Pues es muy simple y sencillo por el mero hecho de incumplir con una señal de trafico NO tiene porque el seguro eximirse del pago del accidente,hay muchos ejemplos para ponerlos,vease el caso del bus de Avila pagara el seguro por dormirse o por coger la curva demasiado fuerte o pòr distraccion.........................
Sobre lo demas podria contestarte yo mismo pero ya que te has dirigido a LOLO el dirá, si quiere,yo no le obligo a nada.
Salud y kms
...estas llevando las cosas a extremos,Caminante7.
Lo que hay que hacer es llevar las cosas en condiciones:no ir excedidos en peso;no conducir bajo los efectos del alcohol ó sustáncias estupefacientes;llevar la ITV al día,etc,etc...
...ya que si no es así,como especifica la póliza de seguro...pueden venir los "problemas gordos",que es que la compañía se atenga al condicionado de la póliza y no nos cubra.
Igual que la G.C. te puede parar en cualquier momento y obligarte a pasar una ITV ó pesarte el vehículo,por supuesto que te pueden pesar el vehículo,sin tu consentimiento,tras un atropello.
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Ahora sí que me queda claro, Lolo: la guardia civil puede pesarme la AC ¡ incluso sin mi permiso !
Y en esto tienes toda la razón, es de sentido común, pero todos deberíamos leer la letra pequeña de nuestro seguro y luego tendríamos menos problemas.
Disculpa si he llevado la cosa a extremos, pero esos ejemplos "espectaculares" nos han servido para dejar el tema muy-muy claro. Gracias de verdad.
Te dire yo algo mas por mi profesion.
La G C te puede pesar cuanto quiera, sin tu permiso,incluso puede entrar dentro si tienen un control ,no por capricho.
Ahora bien si la G C te hace hacer unos kms desde la nacional o autopista y NO das POSITIVO ,ya me entiendes ...ellos tendran que pagarte el desplazamiento o kilometraje. si das Positivo no te pagaran nada y ademas la multa.
Salud y kms
Oído cocina, Alpebret, y gracias!