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Normas de educación y cortesía
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Consejos y normas de publicación de mensajes
1.- Ac Pasión es un foro de ámbito nacional, y por ello el lenguaje usado en el mismo es el castellano.
2.- Antes de realizar una consulta o plantear tus dudas, revisa los temas del foro o bien utiliza la búsqueda, ya que es posible que encuentres la respuesta que buscas en algún otro mensaje publicado con anterioridad.
3.- Antes de publicar tu mensaje, elije el subforo más adecuado para el tema que deseas colgar. Si no está en el subforo que le corresponde será trasladado sin necesidad de aviso.
4.- Los títulos de los mensajes deben ser explicativos del contenido, no importa si son largos. Esto da velocidad al foro pues los foreros ya entran donde saben que les interesa y también ayuda mucho a la hora de hacer búsquedas. Por ejemplo, titular un mensaje "Una duda", "Algo falla", "SOCORRO! problemas!", "Me aconsejáis",.... no es nada explicativo y tiende a hacer perder el tiempo a los foreros. Títulos correctos serian, " Oigo un zumbido en la parte delantera al girar a derechas", "Se me funde repetidamente el mismo fusible", etc... , largos y explicativos.
5.- Solamente están permitidos mensajes de compra-venta o cambio en el foro correspondiente. Se borrará cualquier otro mensaje o enlace, incluidas las firmas que no cumplan esta norma.
6.- No cambies de tema en medio de un hilo. Intenta buscar un hilo similar o, en su defecto, abre un mensaje nuevo. Intentemos evitar contestaciones del tipo "hombre, forero X, aprovechando que te encuentro ¿me podrías comentar como hiciste X cosa?"
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8.- Escribe con corrección tus mensajes respetando la ortografía y la gramática, en la medida de lo posible. Recuerda que esto es un foro, no un teléfono móvil, tienes todo el espacio que necesites para escribir, no es correcto ni necesario escribir como lo harías en un sms. Tampoco es correcto escribir todo tu mensaje en mayúsculas, en internet se considera gritar, ni usar palabras malsonantes, groseras o hirientes.
9.- Esta prohibido abrir un tema del estilo "La tienda XXX son unos estafadores", o reflotar uno ya existente con ese fin. Siempre se podrá opinar de las experiencias de cada uno en las diferentes tiendas, talleres, etc..., pero con respeto. Estos problemas habrá que solucionarlos con la propia tienda, taller, etc..., y solo en caso de que la estafa quede demostrada judicialmente se podría llegar a permitir este tipo de temas.
10.- Para evitar discusiones, no se permitirán mensajes de religión y/o política, a no ser que guarde una estrecha relación con el autocaravanismo.
Normativa para Firmas y Avatares
1.- Las firmas podrán tener un máximo de 250 caracteres y podrán contener caritas "smiles"
2.- Las firmas no podrán contener imágenes externas a acpasion.com, para insertar una imagen personalizada como firma la deberemos subir directamente desde nuestro ordenador al foro, sin utilizar páginas de almacenaje de imágenes o utilizando enlaces directos a imágenes de otros lugares.
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5.- Está permitido incluir en las firmas, enlaces hacia blogs y paginas personales, pero queda prohibido incluir enlaces a webs y foros de esta misma índole. La publicidad de cualquier producto o negocio tanto propio como ajeno esta totalmente prohibida.
6.- No está permitido utilizar un logotipo o marca comercial como avatar o imagen de perfil.
7.- Cualquier avatar o firma que sea ofensivo/a o insultante hacia AC Pasión o para cualquiera de sus miembros, colaboradores o administradores será retirado/a inmediatamente.
8.- AC Pasión se reserva el derecho de solicitar la modificación, o modificar el avatar o firma de un usuario cuando éste no se ciña a las normas aquí establecidas.
Sobre baneos e infracciones
A partir de hoy día 24/07/08, los baneos o infracciones no serán obligatoriamente avisados con anterioridad por mensaje privado o email, a fin de evitar interpretaciones de tipo “me estáis amenazando, etc...”.
Si el administrador o un moderador ven un post ilegal lo borrará e, inmediatamente después, procederá al baneo del usuario que escribió dicho mensaje.
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EL DESCONOCIMIENTO DE LAS NORMAS POR PARTE DE LOS USUARIOS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO Y MUCHO MENOS LES DA DERECHO A QUE EL ADMINISTRADOR O LOS MODERADORES TENGAN QUE JUSTIFICAR SUS ACTOS EN CUMPLIMIENTO DE DICHAS NORMAS.
Todos los vehiculos Hymer incumplen el reglamento de iluminacion.
Todos los vehiculos Hymer incumplen el reglamento de iluminacion.
Por consiguiente y en base al reglamento Nº48 , apartado 6.13.4.3 en el que se especifica la situación de la instalación de las Luces de Galibo,..ninguna autocaravana Hymer podrá homologarse en España, ni por supuesto estará en condiciones de pasar satisfactoriamente ninguna inspección técnica de vehiculos.
En el punto referido anteriormente se especifica lo siguiente:
"Las luces adicionales (Galibo), según se especifica en el apartado 6.13.2.a, se instalarán lo mas cerca dela parte deatrás, se considerará que se cumple este requisito cuando la distancia entre las luces adicionales y la parte trasera del vehículo no exceda de 400 mm"
El meollo del problema es el siguiente. Hymer siempre monta las luces de galibo en un dispositivo doble..(como todas las marcas)..EN LA PARTE DELANTERA DEL VEHICULO.
Me atrevo a decir que el resto de las marcas..LO MONTAN DETRAS,..con lo cual cumplen el apartado 6.13.4.3 del reglamento 48.
¿Que es lo que lleva a Hymer a saltarse a la torera este punto común a toda la normativa europea de homologaciones?
En esas estoy, con mi B514 rechazada en inspección y con otros dos compañeros con la matriculación en España paralizada por la misma situación..(importadas de Francia).
El ingeniero de la ITV está deseando solucionar el asunto siempre y cuando le lleve algún punto, articulo o apartado que le sirva de base legal para dar el ok.
Mientras tanto, "rechazada en inspección"...
He revisado hilos y he encontrado escaso argumentario con el que poder justificar el incumplimiento de Hymer al apartado 6.13.4.3.
Pues eso,...que os lo cuento.
Para meter el sustillo en el cuerpo a los que tengais Hymer.
Y para ver si alguien me dá un poco de consuelo.
O una frase bonita,..o un articulo o un punto que obre el milagro.
En fiiinn...
Editado por última vez por Javibi; 12/12/2017, 13:29:18.
Por consiguiente y en base al reglamento Nº48 , apartado 6.13.4.3 en el que se especifica la situación de la instalación de las Luces de Galibo,..ninguna autocaravana Hymer podrá homologarse en España, ni por supuesto estará en condiciones de pasar satisfactoriamente ninguna inspección técnica de vehiculos.
En el punto referido anteriormente se especifica lo siguiente:
"Las luces adicionales (Galibo), según se especifica en el apartado 6.13.2.a, se instalarán lo mas cerca de la parte de atrás, se considerará que se cumple este requisito cuando la distancia entre las luces adicionales y la parte trasera del vehículo no exceda de 400 mm"
El meollo del problema es el siguiente. Hymer siempre monta las luces de galibo en un dispositivo doble..(como todas las marcas)..EN LA PARTE DELANTERA DEL VEHICULO.
Me atrevo a decir que el resto de las marcas..LO MONTA DETRAS,..con lo cual cumplen el apartado 6.13.4.3 del reglamento 48.
¿Que es lo que lleva a Hymer a saltarse a la torera este punto común a toda la normativa europea de homologaciones?
En esas estoy, con mi B514 rechazada en inspección y con otros dos compañeros con la matriculación en España paralizada por la misma situación..(importadas de Francia).
El ingeniero de la ITV está deseando solucionar el asunto siempre y cuando le lleve algún punto, articulo o apartado que le sirva de base legal para dar el ok.
Mientras tanto, "rechazada en inspección"...
He revisado hilos y he encontrado escaso argumentario con el que poder justificar el incumplimiento de Hymer al apartado 6.13.4.3.
Pues eso,...que os lo cuento.
Para meter el sustillo en el cuerpo a los que tengais Hymer.
Y para ver si alguien me dá un poco de consuelo.
O una frase bonita,..o un articulo o un punto que obre el milagro.
En fiiinn...
Menudo problemon. Espero que encuentres pronta solución !!
Aunque yo creo que no serán las únicas ACS Hymer que se han importado !!
Qué extraño.¿Entonces porque dejan matricular modelos nuevos si siguen montando unicamente dispositivo doble en la parte delantera? Hasta donde yo tenia entendido, que es muy poco, cuando hay 2 dispositivos de galibo (rojo hacia atrás y blanco por delante), se pueden unificar en un unico dispositivo y la legislación no indica si debe ir detrás o delante, por lo que no incumple nada legalmente. Desconozco cuanto habrá cambiado la legislación en estos últimos tiempos...
Editado por última vez por marcotrotamundos; 12/12/2017, 17:30:30.
Qué extraño.¿Entonces porque dejan matricular modelos nuevos si siguen montando unicamente dispositivo doble en la parte delantera? Porque mi ingeniero es el mas listo de la galaxia y se ha dado cuenta. Los demás,..de siesta
Hasta donde yo tenia entendido, que es muy poco, cuando hay 2 dispositivos de galibo (rojo hacia atrás y blanco por delante), se pueden unificar en un unico dispositivo. Correcto, así es y la normativa lo deja claro. Todas las autocaravanas lo utilizan. Ni una pega por parte de la ITV
y la legislación no indica si debe ir detrás o delante, por lo que no incumple nada legalmente. Desconozco cuanto habrá cambiado la legislación en estos últimos tiempos... Incorrecto,.la legislación lo deja CLA-RI-SI-SI-SIMO. Tiene que ir ...DETRAS. ( art. 6.13.4.3) y esto es una reglamentación que por lo menos tiene 19 años. (Noviembre del 98)
Editado por última vez por Javibi; 12/12/2017, 18:04:04.
Si el vehículo estaba homologado antes de la entrada en vigor de ese nuevo reglamento (creo haber visto que se publicó en Septiembre de 2016 y la última corrección en el BOE en Abril de 2017)
Supongo que un fabricante de vehículos que homologa un modelo con la normativa vigente, no tienen que modificar los vehículos que está vendiendo (ya homologados) aunque cuando los matricule la norma haya cambiado. Entiendo que cuenta el cumplimiento de la normativa cuando el vehículo se homologa, pero quizá yo esté equivocado.
Otra cosa, que tampoco es que sea una gran solución, es llevarla a otra ITV. Creo que el nuevo reglamento permitía ir a otra ITV en caso de ser desfavorable. Lo que ya dependerá es de si en la siguiente ITV que lo lleves te piden los papeles de la anterior... viendo el motivo y, por consiguiente... se "agreguen" al artículo...
Buenas Javibi, entiendo que todo el lió se arreglaría poniendo unas luces de galibo traseras y dejando en la parte delantera un dispositivo simple y no doble?, si eso te soluciona el problema, no le veo mayor dificultad, ya contaras. Saludos
Entiendo que el problema es ese. Es una autocaravana que no estaba homologada en España antes del 2016. Este tema afectaría sólo a estos casos. De todos modos, tampoco creo que sea complicado llegado el caso dotarla de unas luces de gálibo traseras, pero tendrías que encontrar el mismo modelo que tienes delante para que no te toquen las narices con intensidades de luz y temas similares...
Y me pregunto yo,como ha sido homologada de nueva el la CE,o que es que España no está en la UE?no me creo nada!!
El problema está en los ingenieros de las ITVs españolas que creen saber mas que nadie y así nos va. Se pasan de listos sin tener muchas veces ni p...idea de lo que se traen entre manos.
Cuando se fabricó mi autocaravana (2007) y las de mis amigos (2005), ya estaba en vigor este articulo, -por lo menos desde el año 1.998. - A pesar de ello , Hymer siguio instalando los galibos en la parte delantera.
Era respuesta para SuperUsuario
Editado por última vez por Javibi; 12/12/2017, 19:13:34.
Otra cosa, que tampoco es que sea una gran solución, es llevarla a otra ITV. Creo que el nuevo reglamento permitía ir a otra ITV en caso de ser desfavorable. Lo que ya dependerá es de si en la siguiente ITV que lo lleves te piden los papeles de la anterior... viendo el motivo y, por consiguiente... se "agreguen" al artículo...
Es que para mas recochineo, en esa misma ITV y con otro ingeniero, (el que solo se leyó las tapas), cinco dias antes, otra Hymer pasó la inspección, sin ningún tipo de problema.
Pero ni eso me vale como argumento. Si el primer ingeniero no se dió cuenta de la deficiencia, no quiere decir que el siguiente ingeniero tenga que hacer suyo el despiste.
Divertido,..Verdad..??
Y por otros motivos , (que me benefician), no puedo llevarla a otra ITV. Tengo que suministrar al ingeniero el dato X que permite a Hymer poner los galibos donde les sale del "nardo" .
Editado por última vez por Javibi; 12/12/2017, 19:23:12.
Vaya, busqué en la web de la UE y aparece con fecha de 2016, pero quizá sea la última modificación y ya estaba en los anteriores. Si dices que está desde 1998 en vigor con esa misma redacción... pues supongo que la mejor opción será que hagas una instalación en la parte trasera. Quizá así ahorres tiempo.
Pero yo escribiría a Hymer una carta explicando la situación, con los datos del reglamento y la fecha de fabricación, y les pediría una solución. No me quedaría con las ganas. A veces estas empresas responden mejor de lo que nos esperamos. Y si no dan una respuesta correcta, me ocuparía de que se supiera lo que ha ocurrido.
Originalmente publicado por Javibi
Cuando se fabricó mi autocaravana (2007) y las de mis amigos (2005), ya estaba en vigor este articulo, -por lo menos desde el año 1.998. - A pesar de ello , Hymer siguio instalando los galibos en la parte delantera.
Era respuesta para SuperUsuario
Editado por última vez por Invitado; 12/12/2017, 19:27:05.
Buenas Javibi, entiendo que todo el lió se arreglaría poniendo unas luces de galibo traseras y dejando en la parte delantera un dispositivo simple y no doble?, si eso te soluciona el problema, no le veo mayor dificultad, ya contaras. Saludos
Impensable,.. busca,...compra, ...taladra,.. cablea,.. instala,...sella,...cubre cables,....Y así, en tres autocaravanas.
Pues que no me dá la gana..oyess.
Acabo de ver la web de Hymer y los modelos actuales también llevan una luz de gálibo doble pero sólo en la parte delantera.
Si no hubiera una forma de homologarlas así, no podrían venderlas en toda la UE.
Entiendo que el problema es ese. Es una autocaravana que no estaba homologada en España antes del 2016. Este tema afectaría sólo a estos casos. De todos modos, tampoco creo que sea complicado llegado el caso dotarla de unas luces de gálibo traseras, pero tendrías que encontrar el mismo modelo que tienes delante para que no te toquen las narices con intensidades de luz y temas similares...
Cualquier autoca que circule por España desde el año 1998 (por ejemplo) , tiene que cumplir ese reglamento. TODAS lo hacen, salvo Hymer. Ese es el problema.
Desde las PAVAS de Hymer, (año catapúm) hasta los modelos del 2017 ...llevan erre que erre los galibos fuera de homologación.
Y parece que aquí, no se ha enterado nadie. Salvo el inspector de la ITv que me ha tocao, que ha flipao al ver que no llevo galibos traseros.
Comentario