Y otra pregunta.
Si una vez comprado el vehículo, tras haber socializado el impreso 04 y el 05 y obtenido esas deducciones, ha la hora de hacer la declaración de la renta ¿Es necesario declarar esa deducción del IVA o no?
Un saludo.
No se trata de una ampliación de la Ley, ni una novedad oficial significativa, quizás me he explicado mal. Se trata de una interpretación de la misma ley, hay una discrepancia de criterios que se trata de solucionar. Al parecer ahora está resuelta, favorable a la concesión de la exención del pago de impuesto de matriculacion (insisto, la del mod. 05).
Buenas tardes a tods!!
Tengo una Incapacidad del 33% y estoy mirando una autocaravana de segunda mano pero traída de fuera, con lo que hay que matricularla a mi nombre (si la compro,claro!!). Mi pregunta es cuánto se le descontaría al precio de venta, que son 28000 el no pagar el IEDMT? El IVA lo pago pues no tengo movilidad reducida.
Muchisimas gracias!!!
Aclaro que digo DESCONTAR pues el vendedor me dice que en esos 28000 estaría todo incluído (no quiero que me diga luego que he depagar 27000 y en realidad fueran 26000...)
gracias!!!!
Cuinita, ya he contestado tu privado.
Saludos.